Gilberto Guzmán

Los diputados Alfredo Sánchez Esquivel y Jessica Alejo Rayo, del partido Morena, presentaron una iniciativa de adición a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero para que los partidos políticos tengan la obligación de postular a personas adultas mayores entre las primeras cinco fórmulas de candidatos a diputaciones de representación proporcional, así como en las listas de regidores de los ayuntamientos.

Al fundamentar la propuesta, el legislador morenista señaló que para lograr la efectividad de los derechos, es necesario que además del marco conceptual y jurídico las políticas sectoriales, planes y otras actividades estatales incorporen la perspectiva de derechos en sus contenidos, de forma que se detecten nítidamente las problemáticas y las características de la población a quienes se dirigen, considerando que el único camino para lograrlo es integrar a los procesos de decisión a las personas mayores como agentes sociales activos.

En ese sentido, expuso que en Guerrero existe un porcentaje de 12.57 por ciento de población de 60 años o más hasta el año 2022, por lo que es importante y urgente que se protejan sus derechos de participación democrática, a través de mecanismos de participación activa que les permita acceder a la toma de decisiones.

Por lo anterior, la iniciativa propone, como una forma para combatir la discriminación contra este grupo, otorgarle un trato preferencial en el acceso de distribución de las candidaturas plurinominales que tanto los partidos políticos como las coaliciones tienen derecho a designar.

Añade el documento que será obligación integrarlos en las primeras cinco fórmulas de candidaturas, así como en las listas de regidores de ayuntamientos, principalmente en aquellos municipios donde las personas adultas mayores sean igual o mayor al 8.0 de la población total

Sánchez Esquivel ejemplificó que el municipio de Acapulco presenta una población adulta mayor de 13.91 por ciento; Chilapa 10.90; Chilpancingo 9.93; Iguala 12.97; Zihuatanejo 10.72; Taxco de Alarcón 13.81 y Tlapa 8.31.

Esta propuesta que adiciona los artículos 13 Ter y 272 Ter de la Ley Número 483 de Instituciones Y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero fue turnada a la Comisión de Justicia para respectivo análisis y dictaminación.

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