Gilberto Guzmán

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO) declaró infundados e inoperantes los juicios presentados por las regidoras de San Luis Acatlán, Herminia Martínez Santos, Yumerli Ignacio Nejapa y Eliezer López
Rodríguez, en contra del pago de la diferencia salarial de sus percepciones por funciones edilicias, que habían denunciado como violencia política en su contra.

De acuerdo con el proyecto TEE/JEC/033/2022 y TEE/JEC/040/2022 acumulados, propuesto por la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, los juicios de inconformidad se declararon infundados al acreditarse que no opera en su beneficio los efectos de la sentencia dictada en el expediente TEE/JEC/296/2021 con base en el principio de la relatividad de la sentencia, mediante el cual solo puede beneficiar a quien promovió aquel juicio y no puede hacer extensivos sus efectos al resolver la situación de un sujeto diverso.

En tanto, son inoperantes porque si bien las ciudadanas formaron parte de la relación jurídica procesal del juicio referido, al haber impugnado la reducción de sus percepciones aprobadas por el Cabildo, acto del cual deriva la diferencia de remuneraciones que reclaman, las ciudadanas renunciaron al derecho de obtener una respuesta jurídica por parte del Tribunal al ratificar su su desistimiento de manera libre y espontánea.

En consecuencia, con relación a la falta de pago de sus dietas correspondientes al año en curso, son inoperantes, en virtud de que la autoridad responsable acreditó haber efectuado sus pagos quincenales de conformidad con los montos
aprobados por el Cabildo, comprobado mediante copias certificadas de recibos de pago que cuentan con pleno valor probatorio en términos de la Ley de Medios de Impugnación.

Respecto a la discriminación y violencia política de género que las actoras del juicio TEE/JEC/033/2022 hacen valer, se indicó que es infundada porque no existe un trato diferenciado ni una actitud que las denueste por su género u origen, dicha actuación deriva de lo resuelto por el TEEGRO en el citado juicio electoral, en el cual se condenó a la responsable a realizar el pago que fue objeto de impugnación, sin que ello actualice un trato discriminatorio o de violencia de género ejercida en contra de las actoras, porque la responsable actúa en el cumplimiento de un mandato judicial.

En la votación, el magistrado José Inés Betancourt Salgado emitió un voto particular, al señalar que no había una precisión correcta de lo que fue el desistimiento de la denuncia.

Determina infundadas e inoperantes inconformidades presentadas por regidora de San Luis Acatlán

En la trigésima octava sesión pública las magistradas y el magistrado aprobaron por unanimidad de votos declarar infundados e inoperantes los agravios presentados por la regidora de San Luis Acatlán, Rosalía Alberto Rosas, por el
cual impugnó la aprobación del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022, aprobado el 31 de marzo pasado, particularmente la indebida reducción de sus remuneraciones, que a su juicio debe ser adecuada, irrenunciable y
proporcional a sus responsabilidades.

De acuerdo con el proyecto TEE/JEC/035/2022 de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, se declaró infundado al ser una facultad exclusiva del Ayuntamiento aprobar su presupuesto de egresos, incluido el tabulador de remuneraciones de
las regidurías, con base en sus ingresos disponibles, con potestad para aumentar o disminuir las remuneraciones para cada ejercicio fiscal.

En el mismo juicio se declararon infundados los argumentos relacionados con la falta de aprobación del presupuesto dentro de los plazos establecidos y de la falta de publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, ya que la vigencia y aplicación de este inició a partir de su aprobación el 31 de marzo y se publicó en la página de internet del ayuntamiento, por lo que su observancia y obligatoriedad aplicó a las personas munícipes a partir de esa fecha, no así a terceras personas.

En virtud de ello, no se actualiza la violencia política de género que hace valer la inconforme, al no acreditar que con la aprobación del presupuesto se impida su pleno ejercicio del cargo municipal que ostenta, tenga un trato diferenciado respecto a los demás miembros del Cabildo o alguna afectación sistemática a sus funciones que deriven en discriminación.

En la votación, el magistrado José Inés Betancourt Salgado emitió un voto aclaratorio, al señalar que no comparte con algunas observaciones del análisis, pero sí comparte las consideraciones y parte de los resolutivos propuestos.

Ordena el TEEGRO al ayuntamiento de La Unión pagar compensaciones a regidora

Las magistradas y el magistrado del TEEGRO también determinaron ordenar al Ayuntamiento de La Unión de Isidoro Montes de Oca pagar las compensaciones debidas a la regidora Yaneth Gutiérrez Izazaga, al aprobar por unanimidad de votos el proyecto TEE/JEC/041/2022 propuesto por la Magistrada Evelyn Rodrigue Xinol que declaró fundado el juicio electoral promovido por la ciudadana, al acreditarse que se le realizaron pagos parciales de la compensación reclamada para el año en curso, por lo que se le adeudan también pagos quincenales de los meses que refiere en su demanda.

Esto se acreditó suficientemente a través de los comprobantes fiscales expedidos por el Ayuntamiento de La Unión a nombre de Yaneth Gutiérrez Izazaga, y para el cargo de regidora de Equidad de Género por concepto de “compensación” por la cantidad de 5 mil pesos, de los que se advierte la firma de recepción de la regidora impugnante.

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