Gilberto Guzmán
Con el objetivo de fortalecer el derecho a la reparación integral y establecer medidas específicas de protección para las personas en situación de desplazamiento forzado interno, la diputada Erika Isabel Guillén Román presentó una iniciativa para reformar el artículo 14 y adicionar el artículo 14 Bis a la Ley 450 de Víctimas del Estado de Guerrero.
En su exposición de motivos, la diputada del Grupo Parlamentario del PRD señaló que el desplazamiento forzado en Guerrero es una problemática derivada de hechos de violencia, incursiones armadas, amenazas y disputas territoriales. Estas condiciones han obligado a cientos de familias a abandonar sus hogares para salvaguardar su vida e integridad, con un impacto persistente en comunidades de la Sierra y en diversos municipios indígenas de la entidad.
Guillén Román detalló que las personas afectadas por esta situación enfrentan la pérdida de sus bienes y viviendas, así como severas afectaciones emocionales, económicas, educativas y comunitarias. Asimismo, remarcó las dificultades que experimentan para acceder a servicios básicos como salud, educación, empleo y alimentación, lo que califica al desplazamiento forzado como una violación múltiple y continuada de los derechos humanos.
La iniciativa busca que las medidas de reparación integral se otorguen de manera adecuada, diferenciada, efectiva y transformadora. El planteamiento central está orientado a restablecer la dignidad de las víctimas y garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, al incorporar de manera expresa el concepto de “proyecto de vida” dentro de los mecanismos de reparación legal.
La propuesta normará obligaciones específicas para garantizar un retorno digno y seguro de las personas desplazadas o, en su defecto, una integración o reubicación adecuada en nuevos entornos.
Finalmente, el documento prevé asegurar el acceso efectivo a vivienda, salud, educación, alimentación, empleo y atención psicosocial. También contempla acciones dirigidas a la reconstrucción del tejido comunitario y al establecimiento de garantías de no repetición, en alineación con los criterios de organismos internacionales y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), los cuales estipulan que las violaciones graves a los derechos humanos requieren una reparación proporcional y eficaz.
La propuesta fue turnado para su análisis y dictaminación a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Justicia.
